Guatemala inicia el 2024 con la disponibilidad anticipada del boleto de ornato 2025, un tributo municipal esencial para el desarrollo y embellecimiento de las comunidades locales.
Este aporte ciudadano, regulado por el Decreto 121-96, establece obligaciones específicas para los contribuyentes guatemaltecos y ofrece diversos mecanismos para su cumplimiento.
Obligatoriedad y excepciones
El boleto de ornato es obligatorio para todos los ciudadanos entre 18 y 65 años que tengan capacidad de trabajo. Las personas mayores de 65 años están exentas de este pago.
La base para el cálculo del monto incluye el salario base, bonificaciones, comisiones y cualquier ingreso comprobable que perciba el contribuyente mensualmente.
Facilidades de pago
La Municipalidad de Guatemala ha habilitado múltiples canales para realizar el pago, incluyendo las sedes municipales, instituciones bancarias y una plataforma en línea.
Los montos varían según el rango salarial de cada contribuyente. Las autoridades recomiendan consultar las tablas actualizadas en las municipalidades correspondientes para conocer el valor exacto a pagar.